Referencias bibliográficas

Álvarez-Dardet, S. M., García, M. V. H., García, L. J., Lara, B. L., e Hidalgo, J. S. (2010). Perfil psicosocial de familias en situación de riesgo. Un estudio de necesidades con usuarias de los Servicios Sociales Comunitarios por razones de preservación familiar. Anales de Psicología/Annals of Psychology, 26(2), 378-389.

Cabrera, E., Máiquez, M. L., Martín, J. C., y Rodrigo M. J. (2009). Las competencias parentales en contextos de riesgo psicosocial. Intervención Psicosocial, 18(2), 113-120.

Cantón Duarte, J., Cortés Arboleda, Mª del R., y Cantón Cortés, D. (2011). “Desarrollo socioafectivo en el contexto familiar”. En Desarrollo socioafectivo y de la personalidad (pp. 259-298). Madrid: Alianza Editorial.

Fruto, R. V. (2010). La resolución de conflictos familiares. Justicia Juris, 6(13), 40-48.

Garrido Fernández, M., Del Moral Arroyo, G., González Ramírez, E., y López Jiménez, A. M. (2009). Estudio del burnout entre los profesionales de los Equipos de Tratamiento Familiar en la atención a las familias en riesgo psicosocial. Apuntes de Psicología, 27(2-3), 517-537.

Garrido, M., Martín-Sacristán, J.M., Rodríguez, L. (2012). Salud familiar. Fundamentos, evaluación y aplicaciones para el trabajo con familias en riesgo psicosocial. Madrid: CCS.

Hidalgo, M. V., Jiménez, L., Lorence, B., Menéndez, S., y Sánchez, J. (2009). La intervención con familias en riesgo psicosocial. Aportaciones desde un enfoque psicoeducativo. Apuntes de psicología, 27(2-3), 413-426.

Hidalgo, M. V., Jiménez, L., Sánchez, J., y Sánchez-Martín, M. (2014). Desarrollo y validación de una escala sobre disciplina parental en contextos familiares en situación de riesgo psicosocial. Apuntes de Psicología, 32 (3), 217-226. 

Hinostroza Ballón, A. J. (2018). Prácticas parentales de padres de adolescentes residentes en una zona de alto riesgo psicosocial. Universidad San Martín de Porres. Lima, Perú. Recuperado de http://www.repositorioacademico.usmp.edu.pe/handle/usmp/4043

Kelly, R. A. (2010). Entrenamiento de las habilidades sociales: guía práctica para intervenciones/Jeffrey A. Kelly; [versión española Susana del Viso]. Bilbao: Desclée de Brouwer, 1992..

Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

López, M. J. R., Rosales, J. C., Chávez, M. L. M., Byrne, S., y Cruz, J. M. B. (2009). Factores que influyen en el pronóstico de recuperación de las familias en riesgo psicosocial: el papel de la resiliencia del menor. Psicothema, 21(1), 90-96.

Martínez, A. C. (2010). Pautas de crianza y desarrollo socio afectivo en la infancia. Diversitas: Perspectivas en psicología, 6(1), 111-121.

Molina Facio, A., y Martínez Bermúdez, C. (2013). VALÓRAME. Instrumento para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotección y desamparo de la infancia y adolescencia en Andalucía.

Nieto Morales, C., y Cordero Ramos, N. (2017). La intervención con familia: La incursión desde la perspectiva de la práctica profesional. 

Triana, B., y Rodrigo, M. J. (2010). “Modelos y estrategias de intervención ante la diversidad familiar”, citado en Cantón Duarte, J., Cortés Arboleda, Mª del R., y Cantón Cortés, D. (2011). Desarrollo socioafectivo y de la personalidad. Madrid: Alianza Editorial.

Villalobos, M. E., y Melo, L. J. T. (2019). Los recursos psicológicos emergentes, a partir de una propuesta lúdica en niños en riesgo psicosocial. Summa Psicológica UST, 16(1), 1-10.


Objetivos y módulos

El objetivo general del programa es inculcar competencias de parentalidad positiva en padres para reducir el riesgo psicosocial de la familia y, por tanto, de la desadaptación de los menores a la sociedad. 

A continuación presentamos los objetivos específicos relacionados con las diferentes actividades que se van a llevar a cabo.

Justificación

Este proyecto se centra en los niños y niñas menores que son retirados de su familia biológica por encontrarse en riesgo psicosocial, principalmente por estar en una zona donde hay muestras de violencia y delincuencia (Besada Agra y  Puñal Romarís, 2012) junto con las posibles carencias socioeconómicas de la familia, incluyendo las prácticas parentales inadecuadas y en competencias no útiles. La retirada de los niños es un desajuste tanto para el menor como para la familia, ya que estos irán a centros de acogida lejos de sus padres. En los peores casos y, si llegan a delinquir,  serán trasladados a centros de menores. En este sentido, vemos una necesidad urgente de dotar a los padres de competencias adecuadas y herramientas útiles, así como asesoramiento para evitar estas situaciones y, de esta forma, mejorar la calidad de vida tanto de los menores como de sus familias.

Hay ciertos factores que afectan a estas familias según Hinostroza Ballón (2018), como el nivel percibido de riesgo y el control que perciben en dicho barrio, así como el nivel socioeconómico, estando más expuestas aquellas familias con baja economía; también existen ciertas muestras de violencia a la que están expuestos como la delincuencia, drogadicción, alcohol y vandalismo. No podemos obviar la importancia de las conductas de violencia doméstica, el alcoholismo o padres en situación de desempleo, como la negligencia parental, la cual consideramos más importante.

La principal razón por la que llevar a cabo una intervención en familias con riesgo psicosocial es necesario es porque se ha demostrado que cuando los menores se encuentran en entornos de riesgo (por la falta de competencias parentales, problemas socio-económicos, etc.) su desarrollo y su integridad física y/o psicológica se encuentran amenazadas (López, 2008). De este modo, realizar una intervención que mejore el contexto familiar del menor resulta indispensable para tratar de evitar que la separación del niño de su familia sea la única alternativa posible para su correcto crecimiento.

Nuestra intervención puede ser efectiva porque a través de ella se tratará de fortalecer las habilidades parentales de manera que al final del proceso los progenitores cuenten con la autonomía y competencias necesarias para la correcta crianza de sus hijos (Hidalgo et al., 2009). Es decir, ayudarlos en un proceso de cambio hacia una parentalidad positiva entendiendo como tal el comportamiento de los padres sustentado en el interés superior del niño desde el cual se promueve la atención, el desarrollo de sus capacidades, el ejercicio de la no violencia, ofreciendo el reconocimiento y la orientación necesaria, sin dejar de incluir el establecimiento de los límites que permitan el pleno desarrollo del niño y el adolescente (Capano et al., 2013). De esta manera, la intervención servirá para que los padres optimicen o adquieran unas competencias que les ayudarán a establecer una dinámica familiar y a tomar unas decisiones beneficiosas para el desarrollo de sus hijos y, por lo tanto, evitar que el menor sea separado de su familia y/o que crezca en un entorno desadaptativo.

Por su parte, la intervención tiene como finalidad acompañar a los padres en un proceso de cambio hacia una parentalidad positiva ya que, como se ha mencionado anteriormente, se considera que este estilo de crianza es beneficioso para el desarrollo del niño porque actúa fortaleciendo las competencias de los padres, y esto conlleva reducir el riesgo psicosocial que amenaza al menor.

La intervención evolutivo-educativa y la comunitaria se complementan en su pretensión de mejorar el contexto familiar, actuando sobre el escenario educativo familiar o fomentando la participación comunitaria de la familia (Triana y Rodrigo, 2010). Los objetivos de la intervención evolutivo-educativa son la optimización y/o modificación del escenario educativo familiar mejorando las habilidades parentales; la promoción de buenas relaciones interpersonales (afecto, comunicación, resolución adecuada de conflictos) en los diversos subsistemas familiares; la mejora del ambiente familiar para que favorezca el desarrollo de los hijos; la promoción de competencias personales y sociales en todos los miembros de la familia; y, por último, el apoyo a las familias durante transiciones, crisis o adversidades, promoviendo los cambios necesarios para afrontarlos (Cantón, Cortés Arboleda y Cantón, 2011). La intervención comunitaria pretende fomentar la integración social a través de redes de apoyo informal y formal; aprovechar los recursos comunitarios para satisfacer las necesidades básicas y sociales de la familia; asegurar su participación en actividades que fomenten bienestar y cohesión social; y, finalmente, concienciar a la sociedad de las nuevas necesidades familiares en su diversidad, contribuyendo a eliminar los prejuicios (Cantón, Cortés Arboleda y Cantón, 2011).

Según Triana y Rodrigo (2010) las principales estrategias de intervención familiar son la remediación (trabajo con el menor para favorecer su ajuste a la familia), reeducación (enseñanza a los padres de nuevas habilidades y conductas para mejorar su relación con el menor), redefinición (cambios en la opinión e interpretación sobre sus comportamientos o la situación familiar), acompañamiento (seguimiento de las actividades propuestas si prevén dificultades para cumplirlas), apoyo (estimulación de la autovaloración y ayuda en momentos difíciles), relevo (ayuda formal a las figuras parentales hasta que puedan retomar y asumir con garantías su rol), comprensión (escucha activa para transmitirle un mensaje empático y comprensivo de su realidad personal y familiar), mediación (actuación neutral en conflictos familiares o de la familia con agentes externos para alcanzar acuerdos consensuados y en beneficio del menor), y, por último, información y orientación (basadas en presentar a la familia información relevante, las posibilidades de elección con que cuentan, trasladar el punto de vista del profesional y fomentar la toma de decisiones de la misma). 

Los programas educativos para padres desarrollan las habilidades educativas, la agencia personal en el rol parental, la autonomía y búsqueda de apoyos y los recursos personales (Triana y Rodrigo, 2010). Entre las habilidades educativas se encuentran la calidez y afecto en las relaciones, el reconocimiento de los logros evolutivos; el control y supervisión de la conducta de los hijos; la estimulación y apoyo al aprendizaje y la adaptabilidad a las características del hijo; la sensibilidad ante las necesidades del otro, y la reflexión sobre las propias acciones y sus consecuencias. La agencia personal en el rol parental refleja el modo en que los padres perciben y viven su rol parental (percepción de su capacidad de crianza, de control sobre su vida y de cambio, consistencia entre los criterios educativos e la pareja, ideas realistas sobre los esfuerzos y dedicación que implica la educación de los hijos), de manera que se sientan protagonistas capaces y satisfechos con en su rol. La capacidad de combinar autonomía con búsqueda de apoyos incluye implicación en la tarea educativa, una visión positiva del hijo y del futuro de la familia, la búsqueda de ayuda de personas significativas, y la identificación y utilización de recursos para sus necesidades. Por último, hay que dotarlos de recursos personales útiles para reducir el estrés familiar y aumentar el control personal ante situaciones adversas (mejora del autoconcepto, identificación de metas y recursos, proyecto de vida realista) para que intervengan de manera eficaz en la educación de los hijos. (Cantón, Cortés Arboleda y Cantón, 2011).

La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales ha ido desarrollando iniciativas normativas y de actuación, para dar cumplimiento al propósito de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y atención al menor, de preservar el bienestar de los niños, promocionando entre otras cosas, una vida familiar normalizada, desde el convencimiento de que el entorno familiar es el más favorecedor del desarrollo pleno de los menores (Nieto Morales y Cordero Ramos, 2017).

Sucesivas órdenes promulgadas desde 2000 han ido estableciendo las bases de la regulación del programa “Programa de intervención con familias desfavorecidas en situación de riesgo social” (Nieto Morales y Cordero Ramos, 2017):

  • Orden 13 de julio de 2000, se pone en marcha el “Programa de intervención con familias desfavorecidas en situación de riesgo social”. Se articulan una serie de subvenciones económicas dirigidas a los ayuntamientos andaluces con población igual o superior a 500.000 habitantes, para que sean destinadas a la creación, en función de su población, de uno o más equipos multidisciplinares, compuestos por psicólogos, trabajadores sociales y educadores. Se conforman así los primeros Equipos de Tratamiento Familiar (ETF).
  • Orden de 31 de octubre de 2001, que introduce cambios de criterios de distribución poblacional y amplía el número de equipos en los municipios de más de 180.000 habitantes.
  • Orden de 10 mayo de 2002, en la que se ajustan cuestiones técnicas del Programa, que pasa a denominarse Programa de Tratamiento a Familias con Menores, haciéndose extensivo también a los municipios de más de 20.000 habitantes.
  • Orden de 25 de marzo de 2003, en la que se extiende a las Diputaciones Provinciales la legislación existente, a fin de que gestionen el Programa a los municipios de menos de 20.000 habitantes.
  • La Orden de 20 de junio de 2005 deroga las anteriores a fin de mejorar la eficacia y eficiencia del Programa y adecua el procedimiento por el que la administración autonómica otorga las subvenciones con las que realizan el Programa las Corporaciones Locales.
  • La Orden de 25 de julio de 2006, que extiende la figura del educador social a todos los ETFs y realiza una nueva adjudicación del número de equipos a las Diputaciones Provinciales.

El Decreto 494, de 1 de diciembre de 2015, deroga las dos últimas órdenes, la de 2005 y 2006, y en él se reafirma el Programa y se modifica el sistema de financiación en base a subvenciones por un sistema de transferencias a las Corporaciones Locales. Este decreto regula y gestiona en este momento el Programa de Tratamiento a Familias con Menores en situación en riesgo o desprotección (Nieto Morales y Cordero Ramos, 2017).

Además de lo expresado anteriormente con respecto al marco legal, sería interesante mencionar las siguientes leyes (Nieto Morales y Cordero Ramos, 2017):

  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

De acuerdo con lo expuesto anteriormente, la hipótesis de la que partimos es la siguiente: al trabajar las competencias de parentalidad positiva se verá reducido el riesgo psicosocial de la familia y, en consecuencia, también lo hará el riesgo de desadaptación de los menores a la sociedad. Así, las variables dependientes con las que trabajaremos serán el nivel de riesgo psicosocial, medido con el instrumento “VALÓRAME” (Molina Facio y Martínez Bermúdez, 2013), y las competencias de parentalidad, medidas con la Escala de la Competencia Parental Percibida (ECPP-p) (versión para madres y padres) (Bayot, Hernández, Hervías, Sánchez y Valverde, 2008). Por su parte, la variable independiente de nuestro proyecto es la propia intervención que se va a llevar a cabo.